BOP 15_06_2021 Reglamento de la escuela infantil municipal La Noria de La Coronada (Badajoz)

Reglamento de la Escuela Infantil Municipal ‘La Noria’

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del día de hoy, 15 de junio de 2021, publica el anuncio por el cual se aprueba definitivamente la modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Escuela Infantil Municipal ‘La Noria’.

Texto completo del reglamento

ARTÍCULO 1.- DE LOS OBJETIVOS Y SEÑALES DE IDENTIDAD DE LA GUARDERÍA INFANTIL.

Es objeto del presente Reglamento la regulación del servicio municipal de la Escuela Infantil «La Noria» de La Coronada (primer ciclo de educación infantil) dependiente del Ayuntamiento, que se configura como centro educativo-asistencial para niños de edades comprendidas entre 0 meses y 3 años.

La Escuela de educación infantil tendrá el perfil y las señas de identidad siguientes:

a) En lo referente a la educación, se tendrán en cuenta los métodos pedagógicos más adecuados y el ambiente cultural en el que se desenvuelve.

b) Dar respuestas a las necesidades físicas, asistenciales, de higiene, etc., y desarrollo de las capacidades afectivas, intelectuales, psíquicas, sociales, de interrelación, su yo y el mundo externo, educación preescolar, evitar traumas entre la educación familiar y la de la guardería, desarrollando la creatividad, etc.

c) El funcionamiento del centro es democrático y plural, fomentando la participación de los padres y tutores como protagonistas fundamentales en la consecución de los objetivos educativos.

ARTÍCULO 2.- DE LAS SOLICITUDES DE PLAZA.

El número de aulas del Centro es de tres. Están definidas de la siguiente manera: 1 aula para niños de 0 a 1 año, 1 para los niños de 1 a 2 años, y un aula para niños de 2 a 3 años.

En el caso de que el número de niños preinscritos fuese menor de la ratio que estipule la ley vigente, podrían crearse clases mixtas de 1 a 3 años.

Los solicitantes de plaza en la guardería infantil deberán de cumplir las siguientes condiciones:

a) Presentar la inscripción bancaria de pago y realizar la entrevista personal.

b) Hacer constar las vacunas que ha recibido el niño. Si por circunstancias especiales, el niño no cuenta con las vacunas que corresponden a su edad, debe presentar un certificado médico oficial en el que consten las razones que lo impiden.

c) Aceptar el sistema de cobro establecido y facilitar el número de c/c o libreta de un Banco o Caja de Ahorros.

ARTÍCULO 3.- FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULAS Y PLAZOS.

La formalización de la matrícula de los alumnos se realizará en el propio Ayuntamiento de La Coronada.

A los efectos de formalizar la matrícula se debe aportar la siguiente documentación:

– Cartilla de vacunación o certificado equivalente.

– Datos de la domiciliación bancaria.

– Firma de la aceptación del Reglamento de régimen interno del Centro.

La omisión de este trámite implicará la renuncia a la plaza en la guardería.

ARTÍCULO 4.- DE LOS CRITERIOS DE ADMISIÓN.

Todo alumno/a tiene derecho a acceder a la Escuela Infantil «La Noria» una vez formalizado el expediente y aportado la documentación necesaria. En caso de no haber plazas suficientes y superar la ratio establecido por el decreto 91/ 2008 de 9 de mayo, se valorará atendiendo a lo siguiente:

A) CRITERIOS PUNTUABLES:

1.- Situación laboral de los padres o tutores legales.

a) Por cada una de las circunstancias que se recogen a continuación se otorgarán 5 puntos.

– Un solo progenitor responsable del niño/a trabajando a jornada completa.

– Ambos padres o tutores legales trabajando a jornada completa.

– Uno de los padres o tutores legales trabajando a jornada completa y el otro cursando estudios oficiales en horario diurno con dedicación preferente.

– Uno de los padres o tutores legales trabajando a jornada completa y el otro enfermo con impedimento para atender al niño/a.

b) Las mismas situaciones anteriores, pero que supongan dedicación a tiempo parcial y no preferentes, 2 puntos.

c) Padre y madre o tutor y tutora legal en situación de paro laboral por pérdida de empleo, 2 puntos.

2.- Ingresos familiares.

Renta per cápita unidad familiar Puntuación
De 0 a 2.404,05 € 5 puntos
De 2.404,06 € a 4.207,08 € 4 puntos
De 4.207,09 € a 5.409,11 € 3 puntos
De 5.409,12 € a 7.212,12 € 2 puntos
Más de 7.212,13 € 1 punto

Se considerarán miembros computables de la unidad familiar susceptibles de ser computados para el cálculo de sus ingresos y de la renta «per cápita», todos los integrantes de la unidad familiar: padre, madre, representantes legales, solicitantes, hermanos solteros que vivan en el domicilio familiar, así como los ascendientes del padre y la madre que justifiquen su residencia en el mismo domicilio, mediante certificación emitida desde el Ayuntamiento.

3.-Otros conceptos susceptibles de valoración.

a) Niños y niñas en acogimiento familiar: 3 puntos.

b) Por la existencia en la unidad familiar de algún miembro con minusvalía física, psíquica o sensorial:

Grado de minusvalía Puntuación
Entre el 33% y el 45% 1 punto
Entre el 45% y el 65% 2 puntos
Más del 65% 3 puntos

c) Por situaciones de estricto carácter social que suponen cargas familiares o económicas, no previstas en el baremo, 2 puntos.

d) Las familias monoparentales, 2 puntos.

e) Por tener hermano/a escolarizado/a en el centro, con independencia de su número, 2 puntos.

B) DESEMPATE:

En caso de empate o puntos y que no puedan acceder todos los alumnos implicados a una plaza en el grupo que le corresponda, se procederá a un sorteo.

C) ASPECTOS QUE SE ATENDERÁN DE FORMA EXTRAORDINARIA:

En última instancia, se atenderán prioritariamente las circunstancias especiales que incidan en la situación familiar y afecten al normal equilibrio de esta. Todo ello se apreciará por la Junta de Calificación, previa solicitud por escrito de las causas que lo inciten.

En el caso de plazas disponibles podrán acceder al centro niños no empadronados en La Coronada. Se consideran niños de La Coronada los empadronados en la misma localidad con una anterioridad a 3 meses a la fecha de matriculación.

ARTÍCULO 5.- DE LA DE LA JUNTA DE VALORACIÓN.

La Junta de Calificación estará compuesta por:

  • Un representante de cada grupo político con representación municipal.
  • Un Maestro/a.
  • Un Trabajador/a Social del Ayuntamiento.

Todos los componentes de la Junta actuarán, en las reuniones de la misma, con voz y voto.

La Junta de Valoración publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Ante esta decisión se podrá reclamar por escrito, en el plazo de cinco días, ante el Señor Alcalde del Ayuntamiento de La Coronada, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

ARTÍCULO 6.- FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA.

Se realizarán dos periodos de matriculación al año:

– Del 1 de julio al 25 de agosto.

– Del 1 de diciembre al 25 de enero.

Transcurridos estos periodos ya no se admitirá a ningún niño /a más en el Centro ya que esto conlleva la desintegración del periodo de adaptación (Decreto 4/2008, de 11 de enero), así como la pérdida en el hilo conductor de los materiales pedagógicos, teniendo como consecuencia un desequilibrio del niño respecto a sus compañeros.

ARTÍCULO 7.- CAUSAS DE BAJA.

Causarán baja en el Centro de Educación Infantil de La Coronada, los inscritos en los que concurriese alguna de estas circunstancias:

a) Renuncia voluntaria a la plaza, formulada por escrito y presentada en el registro general del Ayuntamiento por los padres, tutor o representante legal del menor.

b) Falta de asistencia al Centro durante un mes sin previo aviso ni causa debidamente justificada.

c) Retraso en el pago de la cuota, sin causa justificada, durante un mes.

ARTÍCULO 8.- DEL PERIODO DE APERTURA Y HORARIO.

La Guardería permanecerá abierta desde el 1 de septiembre hasta el 31 de julio, de lunes a viernes, salvo aquellos días declarados como festivos. El horario será:

– Por la mañana: 8:00 a 15:00, si bien se admitirán niños hasta las 10:00 horas.

No se permitirán entradas o salidas fuera de las horas señaladas, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, ni se hará entrega de ningún niño a personas ajenas a su familia sin previo aviso a la educadora responsable del menor.

Los horarios de entrada y salida quedarán establecidos de la siguiente manera:

– Entrada: de 8 a 10 horas.

– Salidas: de 13 a 15 horas.

ARTÍCULO 9.- DEL EQUIPO DE PROFESORES.

El equipo de profesores estará formado por el conjunto de educadores de los distintos grupos de niños, con la colaboración de personas especializadas que estos vean necesarias. Se encargarán de todo lo relacionado con el aspecto educativo, de asistencia y de los factores que en ello puedan repercutir.

ARTÍCULO 10.- DE LA RATIO DE PERSONAS EDUCADORAS Y NIÑOS.

El personal educador de la Guardería Infantil se distribuirá en las aulas correspondientes teniendo en cuenta los siguientes ratios:

  • De 0 a 2 años, hasta 13 niños.
  • De 2 a 3 años, hasta 18 niños.

ARTÍCULO 11.- DE NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.

Del Centro.

1. Todas las actividades realizadas en el Centro deberán usar materiales acordes con la actividad y que no puedan causar daños a los niños.

2. No podrán ponerse carteles y/o folletos, sin la autorización del Centro.

3. La Comisión de Valoración realizará la coordinación pedagógica y administrativa necesaria para el buen funcionamiento del Centro.

4. La aparición de un brote de enfermedad transmisible en el Centro será comunicada al centro de salud.

5. En el caso de la aparición de fiebre o cualquier otra enfermedad durante la jornada en el Centro, los padres, tutores o representantes legales serán avisados de inmediato.

El personal docente del centro estará autorizado para interrumpir la entrada o la permanencia del niño/a en el caso de detectar síntomas de posibles enfermedades contagiosas (ojos llorosos, granitos, vómitos, eczemas, etc.)

6. En circunstancias especiales, se podrá exigir a los inscritos que hayan padecido una enfermedad transmisible certificado médico acreditativo de haber superado el periodo de transmisión de la misma.

7. En caso de accidente sobrevenido en el Centro, y tras las primeras atenciones, se pondrá dicha circunstancia en conocimiento de padres, tutores o representantes legales del interesado.

8. No se hará entrega de ningún niño/a a persona «desconocida». La recogida de los menores solo podrá realizarse por los padres/madres, tutores o personas debidamente acreditadas para ello, asimismo se deberá comunicar previamente al Centro cualquier cambio en este sentido.

9. El horario de Centro será de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, salvo aquellos días declarados como festivos.

De los alumnos.

1. Deberán llevar al centro una bolsa con su nombre y apellidos, en su defecto el centro no se hará responsable de posibles pérdidas de los mismos. Esta bolsa deberá contener:

a) Ropa de cambio (marcada con el nombre del niño).

b) Biberón o botella de agua.

c) El desayuno preparado en un recipiente adecuado a las características del niño, indicando la cantidad y horario de la toma (leche, cereales, etc.).

d) Chupete con cadena para niños menores que lo utilicen. Asimismo, se puede dejar un chupete en el centro (reposición).

e) Si los niños no controlan los esfínteres se debe llevar pañales, toallitas húmedas, una ropa de cambio y todo lo necesario para su bienestar. Asimismo se puede dejar un paquete de pañales, toallitas y un cambio de ropa en el centro (reposición).

f) Bata (babi), según se determine.

2. La ropa y enseres diarios de los niños deberán estar debidamente marcados con su nombre. Se aconseja el uso de ropa cómoda y adecuada, evitando en lo posible botones, cierres o tirantes para que puedan valerse por sí mismos y participar en su autonomía.

3. Los bebés de cuna traerán un juego de sábanas y mantas marcadas.

4. Los niños deberán llevar al Centro una manta marcada para la hora de descanso.

5. Los niños no traerán golosinas, ni ningún otro objeto que por su tamaño pueda ser peligroso (monedas, juguetes pequeños, horquillas…).

6. No deben traer juguetes si no se lo pide el educador/a.

7. Deben asistir al Centro adecuadamente aseados, pudiendo constituir causa de baja, en el Centro, el incumplimiento de las normas básicas de higiene.

8. Todos los niños/as tendrán que estar debidamente vacunados según el calendario vigente de la Junta de Extremadura.

De los padres y tutores.

1. El derecho de uso del centro implica la aceptación de las normas que lo regulan y su incumplimiento conlleva la pérdida del derecho de uso y disfrute del centro.

2. Tratar con consideración a los educadores, personal no docente y alumnos.

3. Respetar las recomendaciones del personal del centro.

4. Abonar las tarifas establecidas en la Ordenanza correspondiente.

5. Cualquier régimen especial de alimentación, alergias, convulsiones febriles y otros problemas médicos serán comunicados al centro mediante un informe médico con la consecuente prescripción.

6. No llevar al niño al centro cuando tenga fiebre o cualquier otra enfermedad, para evitar posible contagios.

7. Si el niño tiene que tomar algún medicamento durante su estancia en el centro, este vendrá acompañado de receta médica o del horario de la toma prescrita por el pediatra.

8. Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger al alumno y facilitar un número de contacto permanente.

9. Los padres podrán participar activamente, poniéndose previamente de acuerdo con los/as educadores/as, en las actividades extraordinarias que se realicen.

ARTÍCULO 12.- PERIODO DE ADAPTACIÓN.

Se establece dos períodos de adaptación al proceso de integración del niño al centro, tiempo que se emplea para que el ñiño /a asimile felizmente la ruptura del lazo afectivo, coincidiendo con los días de matriculación y posteriores.

Estos serán:

– Para los alumnos matriculados del 1 de julio al 25 de agosto, el periodo de adaptación será del 1 de septiembre al 15 de octubre.

– Para los alumnos matriculados del 1 de diciembre al 25 de enero, el periodo de adaptación será del 1 de febrero al 15 de marzo.

El trabajo en periodo de adaptación irá encauzado fundamentalmente, a la consecución de la integración de los/as niños/as nuevos en la actividad del centro infantil y no se repetirá más de dos veces a lo largo de la escolarización.

ARTÍCULO 13.- DE LAS INFRACCIONES.

Las infracciones a lo establecido en el presente Reglamento podrán ser sancionadas, previo expediente, por el Ayuntamiento a propuesta de la Junta Directiva y dentro de los límites autorizados legalmente.

ARTÍCULO 14.- CUOTAS Y FORMA DE PAGO.

1. El pago de las cuotas establecidas será mensual y se efectuará una vez vencido el mes, mediante domiciliación bancaria.

2. La cuota se establecerá según las ordenanzas municipales vigente, pudiendo variar si estas fueran modificadas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL.

Queda facultado el Ayuntamiento Pleno, de conformidad con la normativa vigente en materia educativa, para establecer convenio de colaboración con Administración competente para el desarrollo y financiación de la Educación Infantil en el término municipal de La Coronada.

DISPOSICIÓN FINAL.

El presente Reglamento, entrará en vigor a la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia y seguirá en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación por la autoridad municipal competente.

En La Coronada, 9 de junio de 2021.- La Alcaldesa, María José Valdivia Sierra.

Aquí el anuncio oficial.

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